Reglamento

  1. Las obras nacionales tendrán que presentarse por conducto del Official Contact Point (OCP) del país. La Secretaría del Convenio de Estocolmo aceptará obras del 1 de enero al 16 de marzo de 2012.
  2. Cada país podrá presentar un máximo de 27 obras (9 por cada categoría de medio artístico, en la cual 3 por categoría de edad).
  3. La obra tendrá que ser un dibujo, una fotografía o un video en versión original creada por el concursante.
  4. Todas las obras tendrán que estar debidamente identificadas (en el reverso de los dibujos o en el CD/DVD en el caso de las fotografías o videos). La identificación deberá indicar:
    • Categoría del medio artístico (dibujo, fotografía o video corto)
    • Nombre y apellidos
    • Categoría de edad y fecha de nacimiento
    • Correo electrónico (del padre, madre o tutor si el concursante es menor de 18 años)

  5. Todas las obras tienen que ir acompañadas del formulario de inscripción debidamente rellenado y de una fotocopia del pasaporte o del documento de identidad nacional (u otra constancia de la edad) del concursante.
  6. Todos los costos de envío serán responsabilidad del que los realiza.
  7. Cada concursante podrá presentar solamente una obra en cada categoría de medio artístico (pero podrá presentar una obra en cada una de las tres categorías de medio artístico).
  8. Los dibujos y fotografías deberán ser creaciones de un solo concursante (no obstante se permitirán obras colectivas en la categoría de video, siempre y cuando los miembros del equipo pertenezcan a la misma categoría de edad).
  9. Al participar en el concurso, el concursante reconoce y garantiza que la obra presentada no infringe las leyes y reglamentaciones aplicables, incluidos los derechos de autor, marcas, derechos de privacidad, publicidad o derechos de propiedad intelectual de ninguna persona o entidad, y que ninguna otra parte posee ningún derecho, titularidad, reclamación o interés respecto a la obra presentada.
  10. Ninguna obra violará los derechos de titularidad, derechos de autor, regalías o derechos de cualquier otra índole de los materiales producidos por la Secretaría del Convenio de Estocolmo o en relación con sus actividades, los cuales seguirán correspondiendo a ésta. El concursante solamente utilizará el nombre, el logotipo o el emblema del Convenio de Estocolmo en relación con las actividades vinculadas al presente concurso y con el previo consentimiento por escrito de la Secretaría del Convenio de Estocolmo, o de cualquier otra forma que pueda haber sido aprobada por ésta en el marco de sus actividades. En ningún caso se autorizará el uso del nombre, logotipo o emblema del Convenio de Estocolmo o de ninguna abreviación de éstos con fines comerciales.
  11. Ninguna obra podrá contener material de carácter obsceno, difamatorio, profano, calumnioso, amenazador, acosador, abusivo, aborrecible, provocador o por cualquier otra razón objetable o inapropiado, que pueda violar las leyes y reglamentaciones aplicables, incluidas las relativas al derecho de privacidad, o los derechos de persona o entidad alguna.
  12. La Secretaría del Convenio de Estocolmo se reserva el derecho de rechazar, borrar o editar todo contenido que considere inaceptable o inapropiado.
  13. Al inscribirse en el concurso, los participantes aceptan que no se les devolverán sus obras.
  14. Al inscribirse en el concurso, los participantes reconocen estar impuestos de que sus obras también serán utilizadas para actividades de divulgación a discreción de la Secretaría del Convenio de Estocolmo, y están de acuerdo con ello.
  15. La decisión sobre las obras ganadoras es definitiva y no se mantendrá ningún tipo de correspondencia al respecto.
  16. Todo conflicto que surja en relación con el concurso tendrá que ser dirimido amigablemente. De fracasar los intentos de negociación amigable, todo conflicto deberá ser sometido a arbitraje, previa solicitud de alguna de las partes, en correspondencia con el reglamento de arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI). Las partes estarán obligadas a aceptar todo laudo arbitral que resulte de un tal arbitraje, como resolución definitiva de cualquier controversia, reclamación o conflicto.
  17. Ningún concursante será considerado en ningún sentido empleado o agente de la Secretaría, del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente o de la Organización de las Naciones Unidas.
  18. La Secretaría del Convenio de Estocolmo no se hará responsable de ninguna reclamación que se derive de las actividades realizadas en el marco del concurso ni de ninguna reclamación por defunción, lesión corporal, discapacidad, daño a la propiedad u otros riesgos que pueda sufrir el concursante o cualquier otra persona como resultado de su participación en las actividades del concurso.
  19. El concursante se abstendrá de adoptar todo comportamiento que pueda incidir negativamente en las Naciones Unidas, y no participará en ninguna actividad que sea incompatible con las metas y objetivos de las Naciones Unidas, del PNUMA y de la Secretaría del Convenio de Estocolmo.
  20. Nada en el concurso o en relación con éste podrá considerarse como una renuncia, expresa o implícita, de ninguno de los privilegios e inmunidades que conceden las Naciones Unidas, el PNUMA y la Secretaría del Convenio de Estocolmo.
  21. No podrán participar en el concurso los familiares del personal de la Secretaría del Convenio de Estocolmo.

Live Content

  1. 5-10 años de edad al 1 de enero de 2012:
    Nacidos entre el 2 de enero de 2001 y 01 de enero 2007

  2. 11-15 años de edad al 1 de enero de 2012:
    Nacidos entre el 2 de enero de 1996 y 01 de enero 2001

  3. 16 a 20 años de edad al 1 de enero de 2012:
    Nacidos entre el 2 de enero de 1991 y 01 de enero 1996

IMPORTANTE: Para todas las categorías de edad, se deberá aportar una fotocopia de su pasaporte o documento nacional de identidad o cualquier otro documento oficial que ateste de su edad.